El derecho de Caster Semenya a una audiencia justa fue violada por la Corte Suprema de Suiza cuando perdió una apelación de 2023 contra las regulaciones mundiales del atletismo que efectivamente le impidió correr, dictaminó el tribunal principal de Europa.
El campeón olímpico de 800m ha ganado una victoria parcial en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (CEDH) en su larga batalla legal por las reglas de elegibilidad sexual del atletismo.
Semenya, de 34 años, nació con diferencias en el desarrollo sexual (DSD) y no pudo competir a los 800m ya que el Atletismo Mundial trajo reglas en 2019, restringiendo los niveles de testosterona para eventos de 400 m a la milla.
El Corredor del Sur -A -Aplicación de medias cree que el atletismo mundial ha mostrado discriminación contra los atletas de DSD, insistiendo en que reducen los niveles de testosterona para que sean elegibles.
La agencia gubernamental de atletismo insiste en las reglas, que en 2023 se expandieron para cubrir todas las mujeres eventos de atletismo, son necesarias para garantizar la competencia justa y proteger la categoría femenina.
Semenya fue el campeón olímpico de más de 800m en 2012 y 2016.
En 2019, desafió sin éxito las reglas del atletismo mundial en la Corte de Arbitraje de Suiza (CAS).
En julio de 2023, un CEDH falló a favor de Semenya en un caso relacionado con los niveles de testosterona en atletas femeninas.
El caso de CEDH no estaba en contra de las agencias deportivas o las reglas de DSD, sino específicamente contra el gobierno de Suiza por no proteger los derechos de Semenya y se remonta a una decisión de la Corte Suprema suiza de 2020.
El gobierno de Suiza solicitó que el asunto se envíe a la Gran Cámara de CEDH, que ahora descubrió que la decisión suiza “no había cumplido el requisito de un rigor particular” de conformidad con el Artículo 6 (derecho a una audiencia justa) de la Convención Europea de Derechos Humanos.
Sin embargo, la Gran Cámara encontró las quejas de Semenya en virtud de los Artículos 8 (derecho a respetar la vida privada), 13 (derecho al remedio efectivo) y 14 (prohibición de discriminación) inadmisibles, ya que “no se ajustan a la jurisdicción de Suiza”.
Como el caso se refiere al gobierno suizo en lugar de al atletismo mundial, esto no afectará de inmediato las restricciones actuales a los atletas DSD.
Semenya dijo que el resultado fue “excelente para mí, genial para los atletas” después de dejar la cancha en Estrasburgo, Francia.
“Este es un recordatorio para los líderes (quién) los atletas deben ser protegidos”, dijo.
“Antes de que podamos regular, debemos respetar a los atletas y poner sus derechos primero”.
Las decisiones tomadas por la gran cámara de Cedh no están abiertas a apelaciones.
El caso de Semenya ahora podría regresar al Tribunal Federal suizo en Lausana.
El atletismo mundial se negó a comentar.